Se establece un precedente importante e histórico en el seno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al avalar las candidaturas independientes que contempla la reforma electoral de Quinta Roo.
Es decir, que los ciudadanos sin filiación a algún partido político, podrán contender por la gubernatura del Estado, las 10 presidencias municipales y las 25 diputaciones locales.
Los ministros consideraron que el Congreso Local goza de libre configuración legislativa para establecer los requisitos y candados que regulan las llamadascandidaturas ciudadanas.
Tras una larga discusión de dos semanas, el pleno validó en principio que, para sercandidato independiente deba tener la aprobación de por lo menos el dos por ciento de la población registrada en el padrón electoral. También avalaron que por cada cargo de representación popular en juego, se registre solo a un candidato independiente; es decir que en el supuesto caso de que sean varios los aspirantes que alcanzaron el dos por ciento, se realice un proceso previo entre los ciudadanos para elegir al aspirante.
En el caso específico del candidato independiente a la gubernatura del Estado, el pleno del Máximo Tribunal del País aprobó que se le requiera un dos por ciento de aprobación como mínimo, distribuido en la totalidad de los distritos electorales. Así también los ministros consideraron que a la luz de la libre configuración legislativa de los Estados, es correcto que los candidatos independientes no tengan acceso a la figura del representación proporcional.
Por último, declararon constitucional que sea el IFE quién determine cuáles serán las pautas en radio y televisión para candidatos ciudadanos. De esta manera, se desestimaron las impugnaciones que presentaron PAN, PRD Y PT, avalando prácticamente la reforma electoral de Quintana Roo.
El fallo de la Suprema Corte de Justicia marcó un precedente importante para el resto de los Estados de la República Mexicana que pretendan legislar en materia de candidaturas independientes.